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CONTRATO DE OBRAS CIVILES








OBJETO. -----------EL CONTRATISTA se obliga para con EL CONTRATANTE, a
desarrollar y ejecutar, bajo la modalidad de precio global fijo, el proyecto de CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA OFICIAL EN LA LOCALIDAD DE SUBA EN EL DISTRITO CAPITAL de acuerdo con lo establecido en el convenio interadministrativo de cooperación suscrito entre LA NACION- MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Y LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO CAPITAL  con el proyecto y presupuesto entregados por LA SECRETARÍA, y previamente revisados y aceptados por EL CONTRATISTA.


PLAZO DE EJECUCIÓN: El plazo de ejecución del contrato será de CIENTO VEINTE  (120) días calendario, contados a partir de la firma del Acta de Inicio suscrita entre el Interventor contratado por EL MINISTERIO y el Contratista seleccionado por la Secretaria.


VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: EL CONTRATANTE, con cargo a los recursos provenientes del Convenio Interadministrativo suscrito entre LA NACION—MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL y LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN NACIONAL pagará la suma de (X valor de la obra) MONEDA CORRIENTE ($XXX.XXX.XXX), incluidos todos los costos directos e indirectos y el IVA. Este valor será pagado de la siguiente manera:

1) Un primer pago, a título de anticipo, del treinta por ciento (30%) del valor del contrato, es decir, la suma de X Valor de la obra  M/CTE
($XX.XXX.XXX). 2) El saldo del valor del contrato será pagado contra actas parciales de entrega o de avance de obras, de acuerdo con la programación de obra presentada por EL CONTRATISTA y aprobado por el Interventor.

Para el pago del anticipo deberá contarse con un Plan de Inversión de Anticipo debidamente viabilizado por la Interventoría. El anticipo se manejará en cuenta exclusiva y separada, por parte del CONTRATISTA, sujeta a la verificacióndel CONTRATANTE. Los recursos del anticipo sólo podrán ser invertidos en los costos directos del contrato.
- El presente contrato se realiza bajo la modalidad de precio global fijo, es decir, EL CONTRATISTA se obliga a la ejecución de la obra material incluyendo todos los costos directos e indirectos necesarios, el suministro de materiales, insumos, equipos,herramienta, transporte y mano de obra debidamente instalados y en funcionamiento en los sitios designados por EL CONTRATANTE, en condiciones que se pueda poner la construcción en operación al momento de la entrega.

- El inicio de la obra no está sujeto al pago del anticipo.
 -El saldo del valor del contrato, será pagado contra actas parciales deentrega o de avance de obras, será pagado de la siguiente manera: El primer pago parcial se realizará cuando se haya ejecutado el veinticinco por ciento (25%); de la meta física del contrato.  

El segundo pago parcial se realizará cuando se haya ejecutado el cincuenta por ciento (50%) de la meta física del contrato.  

El tercer pago parcial se realizará cuando se haya ejecutado el setenta y cinco por ciento (75%) de la meta física del contrato. De cada una de las actas anteriores se descontará el treinta por ciento (30%) como amortización del anticipo.

El cuarto pago parcial se realizará cuando se haya ejecutado el cien por ciento (100%) del objeto contractual, correspondiendo al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, del cual se descontará el saldo pendiente por amortizar del anticipo. El saldo o el último pago, equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, será cancelado contra la firma del acta de liquidación.

NATURALEZA DEL CONTRATO: El presente contrato se enmarca dentro de un
CONTRATO CIVIL DE OBRA PÚBLICA ; por lo tanto EL CONTRATISTA ejecutará las labores necesarias para cumplir con el objeto del mismo, con plena autonomía, siendo por lo tanto, el único responsable, de contratar, dirigir, pagar y en general de todas las obligaciones legales que se generen con todo el personal que se requiera para la ejecución de la obra, sin que exista ningún vínculo laboral entre EL CONTRATANTE y los trabajadores del CONTRATISTA. No obstante lo anterior, EL CONTRATISTA se compromete al pago de todas y cada una de las
prestaciones sociales y de asistencia médica para con el personal por él contratado, y para él mismo, en el caso de ser persona natural.

PROHIBICIÓN DE CEDER O SUBCONTRATAR------Ninguna de las partes podrá
ceder el contrato ni subcontratar su ejecución, salvo previa autorización escrita de la otra.

GARANTÍAS: EL CONTRATISTA garantizará el cumplimiento de las obligaciones
que adquiere por el presente Contrato, mediante la constitución de garantía única, a favor de la SECRETARIA DE EDUCACION DEL DISTRITO CAPITAL expedida por una compañía de seguros legalmente establecida Colombia, que
ampare los siguientes riesgos, sobre el valor total del presente contrato:

1. Buen Manejo y Correcta Inversión del Anticipo: Por el equivalente al ciento por ciento(100%) del valor del anticipo, con una vigencia igual al plazo del contrato y SEIS (6) meses más, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza.

2. Cumplimiento: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual al plazo del contrato y SEIS (6) meses más, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza.

3. Pago de Salarios, Prestaciones Sociales, e Indemnizaciones: Por el
equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato y CINCO (5) años más, contados a partir de la fecha de expedición de la póliza

4. Estabilidad de las Obras: En una cuantía equivalente al cuarenta por ciento (40%) del valor total del presente contrato y cinco (5) años más, contados a partir de la firma del Acta Final.

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